El Tribunal Constitucional quita poder a cúpula de partidos políticos para decidir el método de elección de candidatos.
La decisión del Tribunal Constitucional que dispone que la elección de los candidatos de los partidos políticos deberá hacerse conforme a lo que establezcan los estatutos y no mediante el método decidido por su cúpula, supedita la celebración de primarias abiertas en el Partido de la Liberación Dominicana a que su Congreso lo consigne así y cambie la fórmula que actualmente consignan sus estatutos que es de primarias internas.
El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el párrafo III del artículo 45 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos en el que le daba a las cúpulas de esas organizaciones el poder para escoger el método de elección de los candidatos a cargos electivos.
El Comité Central del PLD ya había decidido acogerse a las primarias abiertas, lo cual comunicó oficialmente a la Junta Central Electoral que ya ha iniciado los preparativos para su celebración, de conformidad a lo que dispone la Ley de Partidos Políticos.
En el caso del Partido Revolucionario Moderno la decisión del Tribunal Constitucional no genera mayores inconvenientes pues éste se había acogido a las primarias cerradas.
La sentencia también da un respiro a la actual cúpula del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), encabezada por Miguel Vargas Maldonado, que inicialmente había comunicado que su candidato presidencial sería escogido por primarias abiertas y luego cambió para acogerse a las primarias cerradas.
Fuente: El Día