El equipo de periodistas que produce el espacio noticioso, Peravia Noticias, saludó un fallo emitido por el tribunal constitucional, el que a su juicio, fortalece la libre expresión de las ideas en el país.
La decisión del más alto tribunal de la nación, declaró inconstitucional el artículo 284, numeral 18 de la ley electoral, que establece una pena de 3 a 10 años de prisión para los llamados delitos de difamación contra los candidatos a cargos electivos.
El artículo que ha sido anulado por el Tribunal Constitucional es el que reza que se sancionaría con penas de 3 a 10 años de prisión los que violen las normas constitucionales, éticas y legislativas sobre el uso de los medios de comunicación, impresos, electrónicos y digitales, elaborando, financiando, promoviendo o compartiendo campañas falsas o denigrantes con piezas propagandísticas y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la intimidad de candidatos o del personal de las candidaturas internas y oficiales de los partidos, movimientos o agrupaciones participantes en los procesos electorales.
A principio de junio pasado la fundación prensa y derecho elevó un recurso por ante el tribunal constitucional, para que fuera declarado inconstitucional el citado artículo, sobre la base de que dicha disposición legal al imponer penas privativas de libertad por compartir propaganda que afecta a un candidato, desnaturaliza el ejercicio del libre acceso a la información y limita irracionalmente y desproporcionadamente la libertad y difusión del pensamiento.
Congreso modificará 18 artículos del Código Penal antes de su entrada en vigencia
𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃. 𝐄𝐥 𝐂𝐨𝐧𝐠𝐫𝐞𝐬𝐨 𝐍𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐢𝐧𝐢𝐜𝐢𝐚𝐫𝐚́ 𝐥𝐚 𝐫𝐞𝐯𝐢𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝟏𝟖 𝐚𝐫𝐭𝐢́𝐜𝐮𝐥𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐋𝐞𝐲 𝟕𝟒-𝟐𝟓 𝐪𝐮𝐞 𝐢𝐧𝐬𝐭𝐢𝐭𝐮𝐲𝐞 𝐞𝐥 𝐧𝐮𝐞𝐯𝐨 𝐂𝐨́𝐝𝐢𝐠𝐨 𝐏𝐞𝐧𝐚𝐥, 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐩𝐫𝐨𝐩𝐨́𝐬𝐢𝐭𝐨 𝐝𝐞
