El equipo de periodistas que produce el espacio noticioso, Peravia Noticias, saludó un fallo emitido por el tribunal constitucional, el que a su juicio, fortalece la libre expresión de las ideas en el país.
La decisión del más alto tribunal de la nación, declaró inconstitucional el artículo 284, numeral 18 de la ley electoral, que establece una pena de 3 a 10 años de prisión para los llamados delitos de difamación contra los candidatos a cargos electivos.
El artículo que ha sido anulado por el Tribunal Constitucional es el que reza que se sancionaría con penas de 3 a 10 años de prisión los que violen las normas constitucionales, éticas y legislativas sobre el uso de los medios de comunicación, impresos, electrónicos y digitales, elaborando, financiando, promoviendo o compartiendo campañas falsas o denigrantes con piezas propagandísticas y contenidos difamantes o injuriosos contra el honor y la intimidad de candidatos o del personal de las candidaturas internas y oficiales de los partidos, movimientos o agrupaciones participantes en los procesos electorales.
A principio de junio pasado la fundación prensa y derecho elevó un recurso por ante el tribunal constitucional, para que fuera declarado inconstitucional el citado artículo, sobre la base de que dicha disposición legal al imponer penas privativas de libertad por compartir propaganda que afecta a un candidato, desnaturaliza el ejercicio del libre acceso a la información y limita irracionalmente y desproporcionadamente la libertad y difusión del pensamiento.
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𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃. 𝐄𝐥 𝐚𝐛𝐨𝐠𝐚𝐝𝐨 𝐉𝐨𝐫𝐠𝐞 𝐝𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐒𝐚𝐧𝐭𝐨𝐬, 𝐢𝐧𝐟𝐨𝐫𝐦𝐨́ 𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐥 𝐓𝐫𝐢𝐛𝐮𝐧𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚 𝐝𝐢𝐬𝐩𝐮𝐬𝐨 𝐥𝐚 𝐯𝐚𝐫𝐢𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐦𝐞𝐝𝐢𝐝𝐚 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐞𝐫𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚 𝐭𝐫𝐞𝐬 𝐦𝐮𝐣𝐞𝐫𝐞𝐬
