Cuando los ciudadanos abogamos porque sean debidamente procesados quienes hayan estafado o robado recursos del Estado, también clamamos porque sean despojados de los bienes adquiridos. No basta con que sean encarcelados si continúan en posesión de los recursos obtenido de manera ilegal. Partiendo de ese deseo que se enmarca en los anhelos de justicia del pueblo dominicano, la Ley de Extinción de Dominio es vista como una pieza fundamental para frenar la corrupción administrativa. Es importante saber que la pieza legislativa reposa en el Congreso Nacional, por lo que debemos prestar atención a un tema considerado vital en la lucha por adecentar el Estado. Y es que la referida ley tiene como objetivo recuperar los recursos robados al erario para que sean utilizados en la ejecución de obras que contribuyan a elevar las condiciones de vida de la gente. Por suerte, el presidente Luis Abinader se mostró esperanzado de que en los próximos días la ley sea aprobada. Y como prueba de esa preocupación informó que las autoridades están trabajando en la modificación de la ley de compras y contrataciones, al tiempo que reafirmó su compromiso con la transparencia y la no tolerancia ante la corrupción.
Cabe resaltar que en la República Dominicana existe un precedente contenido en las leyes 5785 y 5924, del 1962, aprobadas para permitir la confiscación de los bienes obtenidos por la familia Trujillo durante la dictadura.
La oportunidad que ahora se presenta coincide con los esfuerzos del presidente, quien hace poco creo por decreto una comisión de abogados para la recuperación de bienes públicos.
Por igual debemos destacar la participación del encargado de negocios de la embajada de los Estados Unidos, señor Robert Thomas, quien ha desengavetado un proyecto de ley que generará un debate de primer orden en la lucha contra la corrupción pública. De ahora en adelante todas las miradas deben estar en el Congreso Nacional para observar de cerca el desempeño de nuestros legisladores, porque todos debemos exigir la creación de un sistema de extinción de dominio que permita al gobierno recuperar los bienes y riquezas que los criminales y funcionarios corruptos han robado al Estado y al pueblo dominicano.
También es bueno conocer que a principios del año 2020, la pieza legislativa fue dejada sobre la mesa por el gobierno de Danilo Medina, luego de su sanción en dos lecturas por el Senado de la República. Sin embargo, la figura de la extinción de dominio se introdujo en la Constitución del 2010 en el contexto del artículo 51 que reza: “Sólo podrán ser objeto de confiscación o decomiso, mediante sentencia definitiva, los bienes de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan su origen en actos ilícitos contra el patrimonio público, así como los utilizados o provenientes del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas o relativas a la delincuencia organizada y de toda infracción prevista en las leyes nacionales“ .
Ojalá que en esta ocasión, las autoridades y funcionarios públicos sean obligados a bailar el son de la decencia y la honestidad en la función pública, para que se cumpla el dicho: “El que la hace la paga”
Editorial de Peravia Noticias / Jueves 28 de julio de 2021