𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃.
𝐄𝐥 𝐓𝐫𝐢𝐛𝐮𝐧𝐚𝐥 𝐒𝐮𝐩𝐞𝐫𝐢𝐨𝐫 𝐄𝐥𝐞𝐜𝐭𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐝𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐨́ 𝐢𝐧𝐚𝐝𝐦𝐢𝐬𝐢𝐛𝐥𝐞 𝐥𝐚 𝐚𝐜𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐚𝐦𝐩𝐚𝐫𝐨 𝐢𝐧𝐜𝐨𝐚𝐝𝐚 𝐩𝐨𝐫 𝐞𝐱 𝐦𝐢𝐞𝐦𝐛𝐫𝐨𝐬 𝐝𝐞𝐥 𝐏𝐚𝐫𝐭𝐢𝐝𝐨 𝐑𝐞𝐯𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐌𝐨𝐝𝐞𝐫𝐧𝐨 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐝𝐢𝐬𝐭𝐫𝐢𝐭𝐨 𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥 𝐂𝐚𝐫𝐫𝐞𝐭𝐨́𝐧.
Se recuerda que tras la celebración de las elecciones congresuales del 19 de mayo de 2024, direcciones del PRM en diferentes distritos de la provincia tomaron la decisión de expulsar algunos miembros calificándolos de traidores.
Tal sucedió en el distrito municipal Carretón, donde fueron expulsados los señores Aura María Méndez Santa Josefa Báez, Juan Alfonso Lugo e Hipólito Méndez.
Tras esta expulsión, dichas personas sometieron el caso ante el Tribunal Superior Electoral el pasado 17 de julio del año en curso.
Sin embargo, este martes 30 de julio mediante documento firmado por la suplente del secretario general del Tribunal Superior Electoral, Gabriela María Urbaez decidió que: primero se declara inadmisible la presente acción de amparo, por existir otra vía judicial para reclamar los derechos alegadamente vulnerados, que es la impugnación respecto a conflictos intrapartidarios, habilitada por los artículos 13 numeral 2 de la ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral número 29-11 y reglamento en el artículo 97 de procedimientos Contenciosos Electorales.
Igualmente dicho proceso fue declarado libre de costas.
Se destaca que los ex miembros del PRM en Carretón fueron representados por el abogado Jhonny Peña, mientras que la otra parte por el licenciado Pinales.