TSE declara inadmisible acción de amparo incoada por ex miembros del PRM en Carretón

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Se recuerda que tras la celebración de las elecciones congresuales del 19 de mayo de 2024, direcciones del PRM en diferentes distritos de la provincia tomaron la decisión de expulsar algunos miembros calificándolos de traidores.

Tal sucedió en el distrito municipal Carretón, donde fueron expulsados los señores Aura María Méndez Santa Josefa Báez, Juan Alfonso Lugo e Hipólito Méndez.

Tras esta expulsión, dichas personas sometieron el caso ante el Tribunal Superior Electoral el pasado 17 de julio del año en curso.

Sin embargo, este martes 30 de julio mediante documento firmado por la suplente del secretario general del Tribunal Superior Electoral, Gabriela María Urbaez decidió que: primero se declara inadmisible la presente acción de amparo, por existir otra vía judicial para reclamar los derechos alegadamente vulnerados, que es la impugnación respecto a conflictos intrapartidarios, habilitada por los artículos 13 numeral 2 de la ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral número 29-11 y reglamento en el artículo 97 de procedimientos Contenciosos Electorales.

Igualmente dicho proceso fue declarado libre de costas.

Se destaca que los ex miembros del PRM en Carretón fueron representados por el abogado Jhonny Peña, mientras que la otra parte por el licenciado Pinales.

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