Nueva Ley de Armas: 40 años de cárcel a quien mate con arma ilegal

Los ladrones que durante un hecho delictivo maten a una persona, con cualquier arma ilegal, ahora son condenados a 40 años de prisión según lo dispone la ley de Armas. Si causan heridas permanentes a sus víctimas se enfrentan hasta 30 años de cárcel.

La ley también castiga con 40 años a quienes lleven a cabo un secuestro con arma ilegal. No importa la denominación.

El pasado mes de abril, el Primer y Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este, por separado, condenaron a la pena máxima a dos personas que mataron a sus víctimas durante robos.

El Segundo Colegiado impuso la sanción contra Jesús Francisco Ramírez Guzmán, alias Lili y/o Omali, por causarle la muerte con un arma blanca al cabo (R) de la Fuerza Aérea de la República Dominicana (FARD), Polanco González, alias El Rubio, para robarle el arma de fuego mientras la víctima realizaba labores de motoconcho. De igual modo, fue condenado Mantovani Pericles Muñoz, de 29 años, por haberle ocasionado la muerte de un disparo a Jhony Franklin Cuello Santil para quitarle un teléfono celular.

Estas sanciones se han obtenido debido a que la Fiscalía de Santo Domingo Este ha depositado acusación contra varios imputados amparada en el artículo 66 de la Ley No. 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados que ha sido acogida por los tribunales.

“Cualquier persona física que le quite la vida a otra para cometer robo con violencia, poseyendo un arma de fuego ilegal, será castigada con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) años de privación de libertad”, dice el párrafo II de la ley promulgada en el año 2016.

En los párrafos siguientes se establece que “cualquier persona física que para cometer robo use un arma de fuego ilegal y con esta provoque heridas que causen lesión permanente, será sancionada con una pena de veinte (20) a treinta (30) años de privación de libertad. En caso de que las heridas no causen lesión permanente se impondrá la pena de quince (15) a veinte (20) años de privación de libertad”.

Por prestar arma
Pero las sanciones no solo son aplicables a los delincuentes y a la criminalidad organizada, de igual manera a los funcionarios públicos que faciliten sus armas o les asignen alguna a personas civiles.

La normativa establece que los funcionarios públicos que presten un arma para la comisión de un delito serán castigados con pena de 10 a 20 años, en tanto que el funcionario que asigne un arma de fuego a un civil, sin importar la formalidad utilizada para la asignación, será sancionado con una pena de tres a cinco años de cárcel y la cancelación de las funciones.

Enfrentará una pena de 10 años la persona que falsifique, altere, elimine o modifique el sistema de los mecanismos técnicos, marca de fabricación, número de serie, modelo, tipo de cañón y calibre o alteraciones en las huellas balísticas registradas.

Fuente: Diario Libre

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