El Senado aprobó este miércoles en primera lectura el proyecto de ley sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que Producen Contaminación Sonora.
La iniciativa, sometida al pleno senatorial por el senador Prim Pujals Nolasco, señala en su primer considerando que el artículo 67 de la Constitución de la República establece la protección del medio ambiente y que constituye dentro de los deberes del Estado prevenir la contaminación, proteger y mantener el medio ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones.
Destaca que se consideran infracciones a esta ley, la producción o emisión de ruidos, que superen los límites permitidos establecidos en el reglamento emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en los siguientes lugares o modalidades: colmadones, colmados, tiendas de licores, bares, clubes diurnos y nocturnos y otros tipos de negocios o sitios privados, utilizando para ellos bocinas, música estruendosa, plantas eléctricas y otros implementos.
Precisa que la violación a lo establecido en el artículo 2 numeral 1, será castigado con el cierre temporal del establecimiento o negocio, por un período no inferior a los 30 días ni mayor de 90 días, y al pago de una multa de diez a quince salarios mínimos de los establecidos por la Tesorería de la Seguridad Social.
Indica, además, que cualquier persona, grupo de personas, entidades públicas o privadas, pueden denunciar las violaciones a esta ley, ante las autoridades competentes.
En esta ciudad Bani, han sido múltiples las denuncias de ciudadanos sobre los negocios que alteran el orden colocando bocinas y hasta sillas en las aceras obstaculizando el paso del peatón, además de aquellos desconsiderados que modifican sus vehículos colocándoles bocinas para colocarse en cualquier esquina sonando sus melodías a todo volumen, sin importarles la salud de los demás