El manejo de los desechos hospitalarios y el decreto 126-09

El manejo adecuado de los residuos sólidos hospitalarios presenta diversos impactos ambientales negativos que se evidencian en diferentes etapas como la segregación, el almacenamiento, el tratamiento, la recolección, el transporte y la disposición final.

Debido a que tradicionalmente la prioridad de la institución ha sido la atención al paciente, por mucho tiempo se ha restado importancia a los problemas ambientales, creando en muchos casos un círculo vicioso de enfermedades derivadas del manejo inadecuado de los residuos.

En el país existe una normativa que busca reducir las enfermedades nosocomiales de los pacientes por el manejo deficiente de los desechos, así como las lesiones infecciosas que pudieran provocar los objetos punzo-cortantes y residuos patológicos al personal que maneja los residuos a nivel hospitalario.

Se trata del decreto 126-09, que aprueba el “Reglamento sobre los desechos y residuos generados por los centros de salud y afines” y la “Norma para la gestión integral de los desechos infecciosos”, dictada por el Ministerio de Medio Ambiente en el año 2012.

Según el referido decreto, en sus artículos números 4 y 5 , el Ministerio de Salud Pública deberá vigilar que en cada centro de salud sea conformado un Comité Ambiental de Higiene y Desechos Hospitalarios, que evite los posibles riesgos sanitarios generados por la mala disposición de los desechos y el retraso en los tiempos de transporte entre la fuente generadora, los sistemas de tratamiento y la disposición final, “ya que largos tiempos incrementa la posibilidad de proliferación de microorganismos patógenos”.

En la mayoría de hospitales del país, la demora en la recogida de sus desechos genera grandes vertederos en su interior, tanto de la basura común, como de las bolsas rojas que contienen objetos corto- punzantes como jeringas, cultivos y muestras, desechos anatómicos infecciosos, sangre y productos derivados, residuos biosanitarios, material quirúrgico desechable, entre otros que pueden propagar agentes patógenos virulentos en el ambiente.

Lo que ocurre en la mayoría de hospitales, viola el artículo 28 del reglamento, que establece que las áreas de almacenamiento de los residuos o desechos peligrosos infecciosos estarán ubicadas en zonas no inundables, techadas, de fácil acceso y que cuenten con muros de protección perimetral, con altura mínima de 0.20 metros, para contener posibles derrames.

El piso deberá tener una pendiente de 2%, en sentido contrario a la entrada, protegidos contra insectos, roedores y animales domésticos; estar conectada a un sistema de tratamiento de aguas residuales; tener una capacidad mínima de 5 veces el volumen promedio de residuos y desechos peligrosos generados en el centro de salud. Además, deberán estar revestidas con material liso impermeable y estar dotada de instalación de agua potable.

Las consecuencias de esto no sólo afectan a la salud humana sino también a la atmósfera, el suelo y las aguas superficies y subterráneas. A todo esto se suma el deterioro del paisaje natural. 

Reporteje de la periodista Linette Del Rosario

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