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La disposiciรณn se fundamenta en la Ley Nรบm. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Trรกnsito y Seguridad Vial, considerada el marco normativo que regula el sistema de movilidad y circulaciรณn vehicular en el paรญs, estableciendo medidas orientadas a garantizar un trรกnsito seguro y la protecciรณn de los usuarios de las vรญas pรบblicas.
El decreto establece que las licencias de conducir correspondientes a las categorรญas 01, 02 y 05 tendrรกn una vigencia de cuatro aรฑos hasta que el titular cumpla los 75 aรฑos. A partir de esa edad, la renovaciรณn deberรก realizarse cada dos aรฑos.
En tanto, para las categorรญas 03 y 04, el perรญodo de vigencia serรก de tres aรฑos hasta los 75 aรฑos, y posteriormente deberรก renovarse cada aรฑo.
La normativa tambiรฉn contempla que el tiempo de vigencia podrรก ser reducido si durante el proceso de emisiรณn o renovaciรณn se determina que el conductor presenta alguna enfermedad o condiciรณn susceptible de agravarse y que pueda afectar la conducciรณn segura.
El decreto mantiene las evaluaciones periรณdicas establecidas en el Reglamento de Licencias de Conducir, las cuales tienen como propรณsito verificar que los conductores conserven las condiciones fรญsicas, mentales y de aptitud necesarias para manejar vehรญculos de motor.
Asimismo, se establece que ningรบn conductor podrรก circular en las vรญas pรบblicas con una licencia vencida. En caso de incumplimiento, la autoridad competente remitirรก el caso al Instituto Nacional de Trรกnsito y Transporte Terrestre (Intrant), conforme a las disposiciones de la Ley 63-17.
La disposiciรณn, que instruye al Intrant a adoptar las medidas administrativas necesarias para la correcta implementaciรณn de la modificaciรณn reglamentaria, surge a raรญz de la inconformidad ciudadana al entender que la vigencia de solo dos aรฑos de la licencia de conducir a mayores de 65 aรฑos y que de paso tenรญa un costo igual a la licencia por 4 aรฑos, era discriminaciรณn para este sector.
