Ayuntamientos son los que deben retirar animales muertos en vías publicas

Es notorio ver vehículos que embisten animales en las vías públicas y la mayoría mueren en el lugar del accidente. Otros quedan gravemente heridos, no son rescatados por ninguna autoridad y mueren lentamente ante la mirada de conductores.

Es común encontrar perros y gatos muertos en las principales calles y avenidas de la ciudad que son atropellados, principalmente en horas de la madrugada. Las escenas en las vías son desagradables a la vista de todos y el hedor nauseabundo, lo que constituye un problema de salud.

Los cadáveres permanecen en la vía por semanas hasta descomponerse y otros se hacen añicos con el paso constante de los neumáticos.

Al parecer, las autoridades municipales carecen de un plan para retirar, incinerar o enterrar los perros, gatos y otros animales que mueren atropellados por vehículos en calles, avenidas y carreteras.

Por lo regular, cuando los animales domésticos mueren por enfermedad o por otras causas, la gente acostumbra echarlos en sacos y fundas y son depositados en los camiones de basura que los llevan hasta el vertedero.

Serían los departamentos de aseo urbano de los cabildos, los que tendrían la responsabilidad primaria de retirar los animales muertos de las calles, pero muy pocos lo hacen e incluso no tienen esa tarea asignada en sus deberes.

En nuestra provincia, en sentido general, no existe un depósito final de los cadáveres de animales ni un lugar de incineración para evitar la propagación de enfermedades.

La Ley 248-12 de” Protección Animal y Tenencia Responsable” obliga a los cabildos y Distrito Municipales a recoger y exhumar los animales muertos en las calles y avenidas de sus demarcaciones.

El artículo 70 de la referida ley establece: “Es obligación del ayuntamiento del Distrito Nacional , los ayuntamientos de los municipios y la juntas de distritos municipales recoger a los animales muertos que se encuentren en las vías o  lugares públicos , tratarlos con respeto y proceder a su exhumación de su cuerpo de forma adecuada”.

Aunque la legislación tiene cinco años vigentes, carece de un reglamento que haga viable su aplicación. La Ley 248-12 establece sanciones de 25 a 50 salarios mínimos y prisión de seis meses a un año por atropellar a un animal.

Reportaje de Linette Del Rosario.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Share on whatsapp

Noticias populares:

Se esperan trabajos de remozamiento LFGB retomen durante vacaciones escolar

𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃. 𝐄𝐥 𝐝𝐢𝐫𝐞𝐜𝐭𝐨𝐫 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐭𝐚𝐧𝐝𝐚 𝐦𝐚𝐭𝐮𝐭𝐢𝐧𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐋𝐢𝐜𝐞𝐨 𝐅𝐫𝐚𝐧𝐜𝐢𝐬𝐜𝐨 𝐆𝐫𝐞𝐠𝐨𝐫𝐢𝐨 𝐁𝐢𝐥𝐥𝐢𝐧𝐢, 𝐉𝐨𝐬𝐞́ 𝐃𝐢𝐜𝐞́𝐧, 𝐢𝐧𝐟𝐨𝐫𝐦𝐨́ 𝐬𝐨𝐛𝐫𝐞 𝐥𝐚𝐬 𝐚́𝐫𝐞𝐚𝐬 𝐞𝐧𝐭𝐫𝐞𝐠𝐚𝐝𝐚𝐬 𝐲𝐚 𝐫𝐞𝐦𝐨𝐳𝐚𝐝𝐚𝐬 𝐞𝐧 𝐞𝐬𝐭𝐞 𝐜𝐞𝐧𝐭𝐫𝐨

Leer más »

En último año aumenta número de turistas que visitan Peravia

𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃. 𝐄𝐥 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞𝐥 𝐂𝐥𝐮́𝐬𝐭𝐞𝐫 𝐓𝐮𝐫𝐢́𝐬𝐭𝐢𝐜𝐨 𝐲 𝐏𝐫𝐨𝐝𝐮𝐜𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐝𝐞 𝐁𝐚𝐧𝐢́ 𝐚𝐬𝐞𝐠𝐮𝐫𝐚 𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐬𝐭𝐞 𝐮́𝐥𝐭𝐢𝐦𝐨 𝐚𝐧̃𝐨 𝐡𝐚 𝐡𝐚𝐛𝐢𝐝𝐨 𝐮𝐧 𝐫𝐞𝐩𝐮𝐧𝐭𝐞 𝐞𝐧𝐭𝐫𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐭𝐮𝐫𝐢𝐬𝐭𝐚𝐬 𝐪𝐮𝐞 𝐯𝐢𝐬𝐢𝐭𝐚𝐧

Leer más »

Gobierno invierte 240 millones en infraestructuras viales en arroyo Hondo y San José

𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃. 𝐀 𝐭𝐫𝐚𝐯𝐞́𝐬 𝐝𝐞 𝐦𝐢𝐧𝐢𝐬𝐭𝐞𝐫𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐎𝐛𝐫𝐚𝐬 𝐏𝐮́𝐛𝐥𝐢𝐜𝐚𝐬 𝐞𝐥 𝐠𝐨𝐛𝐢𝐞𝐫𝐧𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐋𝐮𝐢𝐬 𝐀𝐛𝐢𝐧𝐚𝐝𝐞𝐫 𝐢𝐧𝐯𝐢𝐞𝐫𝐭𝐞 𝐮𝐧𝐨𝐬 𝟐𝟒𝟎 𝐦𝐢𝐥𝐥𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐩𝐞𝐬𝐨𝐬 𝐞𝐧 𝐨𝐛𝐫𝐚𝐬 𝐯𝐢𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐞𝐧

Leer más »