UNA LEY QUE DEBE SER CONSENSUADA…

Causa preocupación la aprobación de una ley que está contenida  en la Constitución. Y no es para menos. Así como lo oyen. Lo acaba de hacer en segunda lectura el Senado de la República. Se trata del proyecto de ley que protege el derecho a la intimidad, el honor, la imagen y el buen nombre de las personas. Algo que para muchos genera temor en virtud de que ese derecho está protegido por la Constitución.

Sin embargo, es oportuno preguntar, cómo pudo el Senado aprobar un proyecto de ley que está establecido en el Artículo 44 de la Constitución, donde se indica que toda persona tiene derecho a la intimidad, por lo que se garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo. De esta forma, se reconoce el derecho al honor y a la propia imagen.

Toda autoridad o particular que los viole está obligado a resarcirlos conforme a la ley. Por tanto, el hogar, el domicilio y todo recinto privado de la persona son inviolables, salvo en los casos que sean ordenados, de conformidad con la ley, por autoridad judicial competente o en caso de flagrante delito.

Partiendo de lo expuesto, en honor a la verdad, cabría preguntarse, ¿Que se persigue con esta ley? Obviamente, la respuesta no se hace esperar: lo que se busca es limitar la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

Es por ello, que debemos levantarnos. Lo que están buscando es impedir que la prensa y los ciudadanos denuncien los hechos o acciones incorrectas cometidas por funcionarios al servicio del Estado dominicano. Así lo han expresado representantes de los gremios que agrupan a los periodistas. Está en juego la libertad de expresión y difusión del pensamiento, que es un derecho constitucional que debemos defender todos los ciudadanos. Ahora que el proyecto de marras ha sido enviado a la Cámara de Diputados, creemos necesario abogar por que el mismo sea conocido a profundidad por todos los sectores de la sociedad. No entendemos por qué fue tratado con hermetismo, cuando debe ser del dominio público.

Nuestros legisladores conocen el artículo 72 de la Constitución dominicana. Y el mismo establece que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa. ¿Será que los funcionarios públicos pretenden blindarse para que nadie pueda cuestionar sus actos? Debemos estar atentos a lo que se está tejiendo porque al parecer, algo huele mal en Dinamarca.

Archive Calendar
DomLunMarMiéJueVieSáb
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031 
Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Share on whatsapp

Noticias populares:

Periodista denuncia acusaciones en medio de conflicto legal vinculado al Comité Medioambiental de Nizao

𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃. 𝐋𝐚 𝐩𝐞𝐫𝐢𝐨𝐝𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐃𝐞𝐫𝐜𝐚 𝐆𝐨𝐧𝐳𝐚́𝐥𝐞𝐳 𝐬𝐞 𝐫𝐞𝐟𝐢𝐫𝐢𝐨́ 𝐚 𝐥𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐨𝐯𝐞𝐫𝐬𝐢𝐚 𝐬𝐮𝐫𝐠𝐢𝐝𝐚 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐂𝐨𝐦𝐢𝐭𝐞́ 𝐌𝐞𝐝𝐢𝐨𝐚𝐦𝐛𝐢𝐞𝐧𝐭𝐚𝐥 𝐝𝐞𝐥 𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐢𝐨, 𝐚 𝐫𝐚𝐢́𝐳 𝐝𝐞 𝐮𝐧𝐚 𝐝𝐞𝐦𝐚𝐧𝐝𝐚 𝐢𝐧𝐭𝐞𝐫𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐨𝐫

Leer más »

Policía Nacional informa sobre cambios en la Dirección Regional Sur Central

𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃. 𝐄𝐬𝐭𝐞 𝐦𝐚𝐫𝐭𝐞𝐬 𝐬𝐞 𝐡𝐚𝐧 𝐫𝐞𝐠𝐢𝐬𝐭𝐫𝐚𝐝𝐨 𝐯𝐚𝐭𝐢𝐨𝐬 𝐜𝐚𝐦𝐛𝐢𝐨𝐬 𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐃𝐢𝐫𝐞𝐜𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐑𝐞𝐠𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐒𝐮𝐫 𝐂𝐞𝐧𝐭𝐫𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐏𝐨𝐥𝐢𝐜𝐢́𝐚 𝐍𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥, 𝐜𝐨𝐦𝐨 𝐩𝐚𝐫𝐭𝐞 𝐝𝐞 𝐥𝐚𝐬 𝐝𝐢𝐬𝐩𝐨𝐬𝐢𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐚𝐝𝐨𝐩𝐭𝐚𝐝𝐚𝐬

Leer más »

Baní conmemora el 262 aniversario de su fundación con actos solemnes

𝐏𝐞𝐫𝐚𝐯𝐢𝐚, 𝐑.𝐃. 𝐂𝐨𝐧 𝐮𝐧 𝐭𝐞𝐝𝐞𝐮𝐦 𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐂𝐚𝐭𝐞𝐝𝐫𝐚𝐥 𝐍𝐮𝐞𝐬𝐭𝐫𝐚 𝐒𝐞𝐧̃𝐨𝐫𝐚 𝐝𝐞 𝐑𝐞𝐠𝐥𝐚 𝐲 𝐮𝐧𝐚 𝐜𝐞𝐫𝐞𝐦𝐨𝐧𝐢𝐚 𝐩𝐚𝐭𝐫𝐢𝐨́𝐭𝐢𝐜𝐚 𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐏𝐥𝐚𝐳𝐚 𝐝𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐅𝐮𝐧𝐝𝐚𝐝𝐨𝐫𝐞𝐬, 𝐞𝐬𝐭𝐞 𝐦𝐚𝐫𝐭𝐞𝐬 𝟑

Leer más »