La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que los establecimientos comerciales deberán verificar la identidad de los portadores de tarjetas de débito al momento de realizar pagos para proteger a los usuarios.
Dicha ordenanza de previsión de verificar la identidad del titular o adicional debe ser tomada igualmente en cuenta por los establecimientos afiliados ante el pago con una tarjeta de débito y crédito, ya sea requiriendo el uso del código secreto o un documento de identidad.
La sentencia de fecha 31 de agosto de 2021, dispone que “los establecimientos afiliados deben comprobar la titularidad del tarjetahabiente mediante el requerimiento de un documento de identidad”.
El objetivo de esa medida, consiste en generar un ejercicio de buena práctica a cargo de los establecimientos comerciales, a fin de proteger al usuario de producto bancario de posible actuación indebida impulsada por un tercero que pudiere significar perjuicio para el tarjetahabiente.