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La medida, contenida en la Resolución 013-2024, explica que, para el feriado de Nochebuena queda prohibida la circulación de vehículos de carga desde el lunes 23 de diciembre de 2024, a partir de las 6:00 de la mañana, hasta el jueves 26 de diciembre de 2024 a las 5:00 de la mañana.
Mientras que, para el feriado de Año Nuevo, la prohibición inicia el lunes 30 de diciembre de 2024, a partir de las 6:00 de la mañana y se extenderá hasta el jueves 2 de enero de 2025, a las 5:00 de la mañana.
Los permisos sólo serán otorgados para transporte de mercancías consideradas prioritarias o perecederas y los tipos de vehículos que pueden solicitar el permiso son: camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en cisterna, así como los vehículos que debidamente identificados brinden servicio de atención a averías y mantenimiento de electricidad, cable, telefonía, sanitario, vial, asistencia e higiene urbana.
El incumplimiento a la disposición establecida en la presente resolución será sancionado con un (1) salario mínimo del que impere en el sector público descentralizado, de conformidad con el artículo 281 de la Ley Núm. 63-17 y el artículo 69 del reglamento 258-20, sobre transporte de cargas, tanto al propietario de la unidad como al conductor.